MEDICION DE RUIDO EN MAQUINAS

Medición de ruido en máquinas: alternativas, procedimiento, elección de puntos de medida, precios, preguntas frecuentes.

La medición de ruido en máquinas (compresores, extractores, ascensores, bombas de presión, puertas de garaje, etc.) tiene ciertas particularidades en relación al resto de mediciones acústicas.

En relación a la elección de los puntos de medida normalmente hay dos alternativas. La primera es medir en el punto de mayor afección. Por ejemplo en la vivienda más afectada por un extractor, que suele ser en la mayoría de los casos la más próxima al foco de ruido. La segunda alternativa es medir las emisiones de esa máquina al medio ambiente exterior. Los límites de niveles acústicos permitidos son diferentes, siendo más permisivos en el segundo supuesto.

Cuando median denuncias es conveniente realizar ambas mediciones simultáneamente al poderse cumplir con la normativa en una de ellas y no en la otra.

Para medir el ruido de una máquina se procede a realizar 3 mediciones separadas entre ellas por al menos un intervalo de 3 minutos en un mismo punto. Antes o después se realiza una cuarta medición del ruido de fondo existente (sin la máquina en funcionamiento).

En estas pruebas se mide el Nivel Sonoro Continuo Equivalente (LAeq5s), comprobando que la diferencia entre los valores extremos sea menor o igual a 4 dB(A).  De forma simultánea se mide el LAIeq(5s) o nivel de presión sonora con la constante temporal impulsiva, así como el LCeq(5s) o nivel de presión sonora con la ponderación de frecuencia C, así como la característica espectral de cada fuente de ruido.

Se deben desechar aquellos ensayos en los que se produzcan ruidos ajenos a la máquina a estudiar.

Cuando se tienen los resultados se procede al procesado de los mismos para obtener las penalizaciones correspondientes al componente impulsivo (Ki), componentes de baja frecuencia (Kf) y componentes tonales emergentes (Kt).

El valor del nivel sonoro resultante LKAeq5s, será: LKAeq(5s)= LAeq(5s)+Ki+Kf+Kt, y se redondeará incrementándolo en 0,5 dB(A) y tomando la parte entera como valor resultante. El valor conjunto de la suma de las distintas penalizaciones no podrá ser mayor de 9 dB. Este valor final es el que se compara con la legislación vigente.

Medicion de Ruido en Máquinas - Empresa de Medición Acústica en Madrid

PREGUNTAS FRECUENTES RELACIONADAS CON LA MEDICIÓN DE RUIDO EN MÁQUINAS

¿Cuanto cuesta la medición acústica de una máquina?

El precio de una medición de ruido de una máquina puede ser variable. Le podemos indicar como referencia un precio de 350 euros, aunque los precios por volumen pueden disminuir hasta los 150 euros.

¿Cómo se pagan sus servicios de mediciones acústicas?

La forma de pago más habitual que tenemos es realizando el pago del 50% del importe cuando se realizan las pruebas de ruido a la máquina, y el 50% restante, una vez que hemos terminado el informe de mediciones, antes de su entrega. También trabajamos con pagos a un período de la emisión de la factura, confirming, pagaré, etc. La forma de pago aparece claramente reflejada en todos nuestros presupuestos. Si precisara adaptarla a sus necesidades, o a los requerimientos de su organización, no dude en hablarlo con nosotros.

¿Qué son las penalizaciones o correcciones en una medición de ruido?

El Real Decreto 1367/2007 obliga a realizar correcciones en los valores obtenidos en una medición por la presencia en la misma de componentes tonales (Kt), impulsivas (Ki) y bajas frecuencias (Kf) a partir de un cierto valor. Si se detectan la medición de la máquina debe ser corregida sumando 6 decibelios (como máximo) por cada de las componentes que superen esos valores. La suma de los valores obtenidos con las 3 componentes como máximo tiene un 9 decibelios (por ejemplo tres penalizaciones, de 6 decibelios cada una, sólo se contabilizarían como 9 decibelios más).

¿Qué normativa debo tener como referencia para comparar los resultados de la medida del ruido de una máquina?

En la mayoría de los casos se debe cumplir con la ordenanza municipal de su municipio (que si está actualizada incluirá cualquier requisito de la legislación de rango superior). Si no existiera una ordenanza municipal referente al ruido deberá tomar como referencia la Ley 37/2003 y el Real Decreto 1367/2007 que la desarrolla. Todos nuestros informes de mediciones acusticas incluyen una comparación de los niveles de ruido medidos con los permitidos por la legislación correspondiente. Puede consultar una relación de toda la normativa, con enlaces a los textos completos, en este enlace.

¿Con cuánta antelación tengo que solicitar que realicen una medida de ruido?

En la mayoría de los casos dos días es un plazo suficiente para concertar una cita en el horario que considere más conveniente. Para mediciones acusticas nocturnas o en fin de semana sería conveniente que nos lo haga saber con el mayor tiempo posible, para poder ajustar nuestros calendarios de trabajo. La mayoría de las mediciones de ruido de máquinas se pueden realizar en un horario normal, siempre que se puede encender y apagar la misma.

¿Qué tipo de sonómetros utilizan para medir el ruido de las máquinas?

Utilizamos sonómetros denominados de tipo 1  o clase 1. Estos sonómetros están calibrados y homologados para realizar todo tipo de mediciones acústicas. No difieren en su funcionamiento del resto de sonómetros, excepto por la precisión a la hora de realizar las mediciones de nivel de presión sonora. En relación al software con el que trabajan es también más complejo, en la mayoría de los casos, que los modelos de tipo 2 o tipo 3.

¿En qué consisten sus informes ?

Los informes o certificados de mediciones acústicas (de contenido idéntico) reflejan las condiciones, hora y localización en las que se realizaron las mediciones acústicas, hacen un análisis de todos los datos obtenidos y comparan los resultados con la legislación vigente. En este enlace puede consultar el contenido de un informe de mediciones de ruido realizado sobre una máquina, con los niveles medidos al medio ambiente exterior y a la vivienda más afectada.

¿A qué distancia se realiza una medición de ruido al medio ambiente exterior?

Este tipo de ensayos acústicos, que reflejan el ruido que se transmite al medio ambiente exterior, deben realizarse a metro y medio del lugar donde acaban las instalaciones o de la máquina a medir. Por ejemplo para medir el ruido de una actividad industrial, de ocio o de cualquier otro tipo hay que hacerlo a 1,5 metros  del límite de la propiedad en la que esté enclavada. En el caso de una depuradora, un aparato de aire acondicionado situado en la fachada de un edificio, un extractor de humos, o cualquier otro elemento que de a un lugar público; la medición acústica debe realizarse a 1,5 metros del aparato a estudiar.

¿Es necesaria alguna condición meteorológica para las mediciones de ruido de máquinas en espacios abiertos?

Para realizar una medición acústica en el exterior es necesario que el viento y la lluvia no sean intensos, en el supuesto contrario el ruido de éstos puede interferir en la medida, haciendo que sea imposible realizarla. También se da este supuesto en mediciones interiores, en estancias a las que llegue el ruido de estos fenómenos atmosféricos. Por ejemplo el ruido que produce en el tejado la lluvia, la bajada  del agua por los canalones del edificio; o en el caso del viento, el ruido de cualquier estructura que suene por el paso del mismo.

¿Cuánto tiempo se tarda en realizar un ensayo acústico?

Para realizar un ensayo de medición acústica es necesario hacer tres mediciones de la máquina que ocasiona el ruido y tres mediciones del ruido de fondo existente en el lugar de la medición. Teóricamente un ensayo completo de medición acústica podría realizarse en poco menos de 15 minutos, aunque en la práctica ese tiempo (en la mayoría de los casos) es superior. Si lo desea puede consultar los factores que influyen en el tiempo de medición, e información más detallada, en este enlace.

¿Cuándo tendré los resultados de las medidas de ruido realizadas?

El informe o certificado acústico con las conclusiones de los ensayos suele estar terminado en unos días, plazo variable según la carga de trabajo en ese momento. En casos de urgencia (aportación de una prueba a los juzgados con fecha límite, necesidad del informe para obtener una licencia de apertura o funcionamiento, paralización de una obra, etc.) los informes pueden estar terminados en cuestión de horas; de unas mediciones acústicas realizadas por la mañana se puede tener el informe esa misma tarde, o si se realizan durante la tarde en la mañana del día siguiente. Si su caso requiere una entrega urgente indíquenoslo.

¿Cuándo es necesario visar las mediciones de ruido?

El Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, establece que los informes de mediciones de ruido en máquinas no precisan de visado. Sin embargo, la lentitud en actualizar la documentación de algunos ayuntamientos pequeños y algunos juzgados hace que éste sea requerido, aun hoy en día, en algunas ocasiones. Aunque en estos casos tampoco es obligatorio presentarlo, y se podría reclamar la exención del mismo, por agilizar la tramitación son los únicos casos en los que visamos nuestro trabajo. Son contadas excepciones, el resto de nuestro trabajo no es visado. También queremos indicarle que el visado se puede realizar después de hacer las mediciones y el informe. Si tiene cualquier duda, en relación a la exigencia del mismo en su caso, le recomendamos que no realice el visado hasta que no se lo soliciten expresamente.

¿Qué coste tiene el visado de unas mediciones acústicas?

El coste del visado para la mayoría de las mediciones acústicas que realizamos es de 60 euros. En trabajos de gran envergadura puede superar esa cifra. Este concepto figura en nuestros presupuestos. Pero como le indicábamos, en la pregunta anterior, el visado no es obligatorio en ningún caso; y se realiza sólo en contadas ocasiones.

¿Tienen validez sus mediciones de ruido en máquinas para presentarlas al Ayuntamiento?

Nuestros certificados acústicos tienen plena  validez. Trabajamos desde hace casi 20 años en la mayoría de los ayuntamientos, con mayor frecuencia en aquellos con mayor población o normativas sobre el ruido más exigentes. Estos son algunos de los municipios en los que realizamos mediciones y estudios acústicos de forma rutinaria y continuada: Madrid,  Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla, Alcobendas, Coslada, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes, Rivas-Vaciamadrid, Majadahonda, Valdemoro, Collado Villalba, Aranjuez, Arganda del Rey, Boadilla del Monte, Pinto, Colmenar Viejo, San Fernando de Henares, Tres Cantos, Galapagar, Villaviciosa de Odón, Navalcarnero, Ciempozuelos, Mejorada del Campo, Torrelodones, Algete, Arroyomolinos, San Martín de la Vega, Humanes de Madrid, Paracuellos de Jarama, San Lorenzo de El Escorial, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Guadarrama, Valdemorillo, Brunete, Griñón, Daganzo de Arriba, Colmenarejo,  Soto del Real. También en el resto pero con menor frecuencia por los motivos indicados. Existe una única excepción en la Comunidad de Madrid donde no podemos hacer mediciones de ruido para el Ayuntamiento (pero si para una reclamación judicial), es el municipio de Las Rozas que exige que las empresas de acústica dispongan de la acreditación ENAC para la realización de las mismas.

¿Qué coste tiene una visita en la que no puedan realizar las mediciones?

El precio estándar de una visita en la que no podamos realizar nuestro trabajo, por razones ajenas a Allpe, es de 150 euros en los trabajos realizados en horario diurno y de 225 euros en los que se hacen durante la noche. Dicho importe aparece reflejado siempre en nuestros presupuestos. Una correcta planificación hace que el porcentaje de casos en los que no se pueden hacer las mediciones acústicas sea muy bajo, y en el caso de máquinas a las que se tiene acceso casi inapreciable.

¿Cuáles son los niveles de ruido permitidos?

Los niveles de ruido permitidos están regulados principalmente por la ley la Ley 37/2003 y el Real Decreto 1367/2007 que la desarrolla, por las ordenanzas municipales y  por el Código Técnico de la Edificación. Los niveles de ruido permitidos no deben exceder de lo indicado por la normativa más restrictiva de las anteriores. Los niveles de ruido permitidos están condicionados por el horario, el lugar donde se realiza su medición (exterior o interior), el tipo de uso que se da al edificio donde se mide (residencial , sanitario, educativo, industrial, restaurantes, cafeterías, etc.),  y el tipo de estancia dentro del mismo (dormitorio, aula, despacho, cine, etc.). También en el caso de las mediciones en el exterior por el tipo de área acústica donde se realiza la medición. En este enlace puede consultar los del Ayuntamiento de Madrid en detalle, muy similares a los de otros Ayuntamientos.

¿Tienes validez sus mediciones acusticas para presentarlas en un juicio?

Nuestras mediciones sirven como prueba judicial. Tenemos una dilatada experiencia como peritos en ingeniería acústica principalmente en la zona centro de España. Todas nuestras mediciones de ruido son realizadas con instrumental homologado y calibrado periódicamente, seguimos para su realización las norma UNE correspondientes y los técnicos que las realizamos contamos con la titulación profesional, colegiación requerida y la experiencia necesaria para  presentar y defender nuestros informes en un juzgado. En todas nuestras peritaciones sobre el ruido también trabajamos, estrecha y coordinadamente, con los abogados implicados para dar más solidez a las pruebas presentadas.

¿Cómo pueden medir el ruido de fondo de una máquina que no deja de funcionar en las 24 horas del día?

En los casos de máquinas que no detienen su actividad  (congeladores de comercios, enfriadoras de equipos informáticos, climatización de edificios inteligentes, transformadores de la red eléctrica) si no se cuenta con la colaboración de los causantes del ruido es imposible realizar una medición siguiendo el procedimiento, que exige una medición del ruido de fondo, en el mismo lugar y horario que las mediciones acusticas del ruido a medir. Sin embargo en peritaciones acústicas es perfectamente defendible, en estos casos, que el ruido de fondo se mida en otro punto de la vivienda, o el edificio, donde no se perciba el ruido a estudiar.  Los abogados que solicitan nuestros servicios pueden defender ante un juez, de forma coherente y sencilla, que las condiciones existentes justifican la medida del ruido de fondo en otro lugar (aunque no sean acordes al procedimiento). Es evidente que el ruido de fondo puede ser casi idéntico en dos habitaciones de la misma casa a la misma hora, o en casos extremos en viviendas de similar tipología dentro de un edificio; aunque no llegue el ruido de la máquina a valorar.

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