Contenido del Estudio de Impacto Ambiental en el País Vasco

Contenido del estudio de impacto ambiental según la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del Medio Ambiente del País Vasco.

El Artículo 45 de la Ley, estable que el contenido  mínimo del estudio de impacto ambiental tendrá los siguientes puntos:

  1. a)Descripción del proyecto y acciones que de él se deriven.
  2. b) Resumen de las alternativas y justificación de la solución adoptada.
  3. c)Inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas o ambientales claves.
  4. d) Identificación y valoración de impactos tanto en la solución propuesta como en sus alternativas.
  5. e) Establecimiento de medidas correctoras.
  6. f)Programa de vigilancia ambiental.
  7. g)Documento de síntesis.
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