ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
  INTRODUCCIÓN
El Estudio de Impacto Ambiental es el documento técnico en el que se apoya todo el proceso de decisión de la Evaluación de Impacto Ambiental.
  ¿QUÉ PROYECTOS LO NECESITAN?
Según Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos deben someterse a Evaluación de Impacto Ambiental los contemplados en el Artículo 3 que se cita a continuación. Se incluyen enlaces a los anexos, que están estructurados en grupos según el tipo de proyectos o la actividad económica implicada.
  ¿DE QUÉ PARTES CONSTA?
Según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental , de proyectos en su Artículo 7 (que se cita a continuación) el Estudio de Impacto Ambiental debe contener, al menos, los siguientes datos:
  ¿QUÉ INFORMACIÓN ES NECESARIA?
El primer paso en la elaboración de un estudio de impacto ambiental es la recopilación de la información de utilidad para su realización, y para ello es necesaria la identificación de las posibles fuentes que la pueden proporcionar.
  DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO A VALORAR
Según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos , en su Artículo 7 informa que el Estudio de Impacto Ambiental debe incluir:
  ESTUDIO DE LAS POSIBLES ALTERNATIVAS
Según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos , en su Artículo 7 informa que el Estudio de Impacto Ambiental debe incluir:
  INVENTARIO AMBIENTAL
El Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre exige en su Artículo 9 un Inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas y ambientales claves.
  IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS
Según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, en su Artículo 7 informa que el Estudio de Impacto Ambiental debe incluir:
  LAS MEDIDAS CORRECTORAS
El Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre cita en su Artículo 11 que se han de contemplar medidas correctoras del proyecto siempre que sea necesario.
  EL PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
El Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre cita en su Artículo 11 cita la necesidad de realizar un plan de vigilancia ambiental.
  DOCUMENTO DE SÍNTESIS
El Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre en su artículo 12 define el contenido del documento de sínteses de la siguiente manera:
  LEGISLACION DE IMPACTO AMBIENTAL
Directorio de las diferentes leyes europeas, nacionales y autonómicas sobre evaluación de impacto ambiental
  EL ESTUDIO DE IMPACTO Y SU TRAMITACIÓN
Lugar que ocupa el EIA dentro de la evaluación de impacto ambiental. Esquema de la tramitación del mismo
  ENLACES
Relación de enlaces con documentación sobre evaluación de impacto ambiental de todo el mundo, en primeros lugares los sitios en Español.
  El EIA EN OTRAS LENGUAS
Cuadro sinóptico del término estudio de impacto ambiental en otras lenguas, para facilitar la localización de información sobre este tema
 
 
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