Finalizado el proceso se elaborará la Declaración de Impacto
Ambientaluna vez estudiado el
Estudio de Impacto Ambiental y las
alegaciones que se hayan presentad durante el período exposición
pública. El órgano ambiental de la
Comunidad Autónoma o del Estado en
su caso, es el encargado de redactar la Declaración de Impacto
Ambiental. En ésta resolución teniendo en cuenta los efectos
ambientales que tendrán lugar por el desarrollo del proyecto
involucrado, se dictamina la conveniencia o no de realizar las
actuaciones consideradas y se establecen las condiciones necesarias
para el respeto del medio ambiente.
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